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Disposición de terrenos abandonados en Ayacucho
LegislaciónMediante la Ordenanza 1366/75 se establece que el Departamento Ejecutivo tomará posesión de todas las fracciones de tierra, edificadas o no, cualquiera sea su dimensión, que en la actualidad o en el futuro, hayan sido abandonadas por sus propietarios dentro de los límites del partido de Ayacucho. En cada caso se determinará el destino a darse al bien mediante una ordenanza especial, y se tomarán las disposiciones que convengan para cercar, mejorar, librar al servicio público u ocupar para su uso. Fuente: Relevamiento del Consejo Provincial de Hábitat y Vivienda
Ordenanza 1366/1975