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Convalidación provincial del Plan de Ordenamiento Urbano de la ciudad de América
Legislación
El Decreto provincial 936/12 aprobó el Plan de Ordenamiento Urbano de la ciudad de América (Ordenanza 3250/2010 y Ordenanza Complementaria 3345/2011 -Plano Anexo). Con esta decisión se convalida un proceso que contó con múltiples mecanismos de participación ciudadana y el asesoramiento de los organismos provinciales con competencia en la materia, reflejado en una normativa urbana integral que promueve un desarrollo territorial inclusivo a partir de una multiplicidad de instrumentos de gestión de suelo.
Creación de la Comisión de Tasaciones Municipal en Rivadavia
Legislación
Por Decreto 1535/15 se crea la Comisión de Tasaciones Municipal, integrada por funcionarios pertenecientes a las Secretarías de Gobierno, Hacienda y Planeamiento e Infraestructura, que tendrá a su cargo la tarea de estimar el valor de tasación para la adquisición y venta de bienes inmuebles, muebles y muebles registrables pertenecientes al dominio municipal.
Rivadavia impulsa la movilización de suelo urbano mediante el parcelamiento obligatorio de inmuebles baldíos
Legislación
Por medio de la Ordenanza 4041/18 se declara obligatorio el parcelamiento de varios inmuebles urbanos baldíos localizados en un área destinada a usos residenciales (Plan de Ordenamiento Urbano de la ciudad de América). A través de esta decisión municipal, previa identificación de inmuebles que no respetaban la densidad especificada por el plan, se busca movilizar suelo ocioso y desarrollar una estrategia de crecimiento urbano sostenible.
Edificación en inmuebles baldíos en Alberti
Legislación
La Ordenanza 2169/16 declara la edificación obligatoria de los inmuebles urbanos baldíos, o con edificación derruida o paralizada, en el municipio de Alberti. Se establecen condiciones para la edificación y se indica el parcelamiento en caso de inmuebles con superficie superior a 1500 metros cuadrados.
Creación del Banco de Tierras en el municipio de Alberti
Legislación
Mediante la Ordenanza 2166/16 se crea el Banco Municipal de Tierras del partido de Alberti. Las acciones a desarrollarse relacionadas con el Banco se organizarán a través de la implementación de dos programas, “Ingreso de Tierras” y “Disposición de Bienes Inmuebles”, sobre los cuales la Ordenanza explicita requisitos y procedimientos.
Adhesión del municipio de Alberti a la Ley Provincial 14449
Legislación
Mediante la Ordenanza 2165/16 el municipio de Alberti adhiere a la Ley Provincial 14449 de Acceso Justo al Hábitat.
Emergencia habitacional en el partido de Alberti
Legislación
La Ordenanza 2155/15 declara la emergencia habitacional en el partido de Alberti por el período de cuatro años y faculta al Departamento Ejecutivo para tomar las medidas y acciones correspondientes.
Restructuración ejido urbano y preservación de edificio Molino San Bernardo en la ciudad de América, partido de Rivadavia
Legislación
La Ordenanza 4225/19 aprobó el convenio urbanístico firmado entre el municipio y un particular, por medio del cual se logró intervenir sobre un área degradada de la ciudad, reestructurar el ejido urbano y recuperar un edificio histórico que se hallaba en estado de abandono. Articulando distintas herramientas de gestión del suelo contempladas en la normativa provincial, el municipio autorizó la subdivisión de un predio y obtuvo a cambio la cesión del edificio de un viejo molino harinero como parte del pago de la tasa de contribución por valorización inmobiliaria.
Creación de la modalidad Vivienda Municipal por Autoconstrucción en el Plan Hogar de Rivadavia
Legislación
Por Ordenanza 4195/19 se crea una nueva modalidad del Plan Hogar que contempla la autoconstrucción de viviendas sobre inmuebles del dominio municipal. Además del terreno el municipio provee una estructura premoldeada, y los adjudicatarios tienen la responsabilidad de terminar los trabajos necesarios para la finalización del interior de la vivienda.
Creación del Plan de Vivienda Municipal Hogar en Rivadavia
Legislación
En el marco del Programa Municipal de Viviendas, se crea este Plan (Ordenanza 3907/16) que contempla dos modalidades dirigidas a satisfacer la demanda habitacional. La primera consiste en la entrega de lotes del dominio municipal para que las familias construyan sus viviendas (prefabricadas, industrializadas y/o de construcción convencional), debiendo acreditar la celebración de un contrato de construcción de viviendas unifamiliares. La segunda contempla la construcción municipal de viviendas sobre terrenos aportados por las familias.